CONSIDERANDO: que a raíz del trámite judicial impreso ante una determinada situación de hecho, se
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO: Nº 162 Sucre, 15 de febrero de 2007
DISTRITO: La Paz
PARTES: Sonia Blanca Mucarzel Paz
Revisión de Sentencia
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VISTOS: el recurso de revisión de sentencia de fojas 19 a 20 vuelta, interpuesto por Sonia Blanca Mucarzel Paz en representación de Willy William Pérez Azogue, solicitando la revisión de la sentencia penal ejecutoriada Nº 04/2005 dictada por el Tribunal de Sentencia Cuarto de la ciudad de La Paz, emergente del fenecido proceso penal que se siguió en contra de su poder conferente, por el delito de homicidio, sus antecedentes y;
CONSIDERANDO: que a raíz del trámite judicial impreso ante una determinada situación de hecho, se genera una solución legal traducida en la sentencia; esta sentencia, puede ser objeto de revisión en el ámbito de la falibilidad del juzgador, hasta que finalmente adquiere lo que se denomina la "calidad de cosa juzgada"
AUTO SUPREMO: Nº 162 Sucre, 15 de febrero de 2007
DISTRITO: La Paz
PARTES: Sonia Blanca Mucarzel Paz
Revisión de Sentencia
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VISTOS: el recurso de revisión de sentencia de fojas 19 a 20 vuelta, interpuesto por Sonia Blanca Mucarzel Paz en representación de Willy William Pérez Azogue, solicitando la revisión de la sentencia penal ejecutoriada Nº 04/2005 dictada por el Tribunal de Sentencia Cuarto de la ciudad de La Paz, emergente del fenecido proceso penal que se siguió en contra de su poder conferente, por el delito de homicidio, sus antecedentes y;
CONSIDERANDO: que a raíz del trámite judicial impreso ante una determinada situación de hecho, se genera una solución legal traducida en la sentencia; esta sentencia, puede ser objeto de revisión en el ámbito de la falibilidad del juzgador, hasta que finalmente adquiere lo que se denomina la "calidad de cosa juzgada"
- CONSIDERANDO: que a raíz del trámite judicial impreso ante una determinada situación de hecho, se
- La norma adjetiva penal, refiere en su artículo 421 que: "
- Este último aspecto, exige que quien impugna la garantía de la cosa juzgada, observe la
- CONSIDERANDO: que en el recurso interpuesto en favor de Willy William Pérez Azogue por su
- Denuncia que no se hubiera realizado una correcta valoración de la prueba, la que podría
- Añade que no existe congruencia entre la solicitud del acusador de imponer la pena de
- Concluye refiriendo que la presente sentencia sería incompatible con la sentencia Nº 044/03 de 11
- CONSIDERANDO: que para que se abra la competencia de este alto Tribunal de Justicia respecto
- Así, el recurrente, no considera que el recurso de revisión de sentencias condenatorias ejecutoriadas, es
- A tiempo de formular el recurso, se denuncian errores in iudicando e in procedendo, los
- El recurso deducido -"revisión de sentencia"- es sustancialmente distinto del recurso de casación, no siendo
- Consiguientemente, del análisis del recurso en el que alegan las causales previstas en los incisos
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, quince de febrero de dos mil siete
- Proveído.- Abog. Ximena L. Mendizábal Hurtado -Secretaria de Cámara-
