CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez 1ro del Trabajo y Seguridad Social de
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 51-53 interpuesto por Alejandro Gastón Encinas Valverde, en su condición de Gerente propietario en representación de las "Estaciones de Servicios María Elba y María Alejandra", contra el auto de vista de No. 283/2006 de 19 de junio de 2006 (fs. 47-48), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca; dentro el proceso social sobre pago de beneficios sociales seguido por Franz Oros Michel contra la empresa del recurrente, la respuesta de fs. 56-57, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez 1ro del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Sucre-Chuquisaca, emitió la sentencia No. 21/2006 el 24 de abril de 2006 (fs. 24-25), declarando probada la demanda de fs. 4-5 con costas, disponiendo que el demandado cancele a favor del actor, beneficios sociales que ascienden a la suma de Bs. 26.171,64.- en tercero día, bajo conminatoria, más los reajustes previstos en el D.S. No. 23381 de 29 de diciembre de 1992
- PARTES: Franz Oros Michel c/ Estaciones de Servicios María Elba y María Alejandra
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez 1ro del Trabajo y Seguridad Social de
- En grado de apelación, a instancia del demandado en su condición de propietario de las
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- A su vez, el actor en base a los argumentos expuestos en su memorial de
- CONSIDERANDO II: Que, examinando el recurso para establecer si lo denunciado es evidente o no,
- II
- III
- Por consiguiente, al ser deber primordial del Estado proteger los derechos de los trabajadores, en
- IV
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
