CONSIDERANDO: Que los fundamentos del recurso de casación centran su atención en los siguientes extremos
CONSIDERANDO: Que los fundamentos del recurso de casación centran su atención en los siguientes extremos:
La vulneración del derecho a la defensa y el debido proceso, en cuanto la Sala Penal Tercera de la Corte Superior de La Paz, hace una errónea y mala aplicación de los Arts. 5, 84, 93, num. 2 del Art. 360, todos del Código de Procedimiento Penal
- Asesinato
- CONSIDERANDO: Que el Tribunal de Sentencia de la Provincia Omasuyos, Achacachi del Distrito de La
- CONSIDERANDO: Que los fundamentos del recurso de casación centran su atención en los siguientes extremos
- Alega que no han sido considerados los fundamentos de la Apelación restringida; entre ellos reitera
- Señala el recurrente que el Auto de Vista Nº 431/2006, entra en contradicción con otros
- CONSIDERANDO: Que para la admisibilidad del recurso de casación se deben cumplir los requisitos formales
- El segundo requisito de admisibilidad consiste en que en el recurso se precisen hechos similares
- No interviene el Presidente y Ministro de la Sala Penal Primera Dr
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr.Wilfredo Ovando Rojas
- Dr. Zacarías Valeriano Rodríguez
- Proveído.- Abog. Sandra Magaly Mendivil Bejarano - Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro de Tomas de Razón a 2/2007.
