CONSIDERANDO: Que, revisada la documentación cursante a fojas 127 y vuelta, se evidencia que la
CONSIDERANDO: Que, revisada la documentación cursante a fojas 127 y vuelta, se evidencia que la Defensora Pública Oficial Subrogante de San Miguel de Tucumán, dentro del proceso penal seguido contra el ciudadano boliviano Felipe Rico Rocha por el delito de Transporte de Estupefacientes, ante Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán, de la Provincia de Tucumán de la República Argentina, solicita al Juez de Cámara se tenga por cumplida la pena de cuatro años de prisión impuesta en contra del ciudadano boliviano nombrado en 19 de diciembre de 2000
- PROCESO: Extradición
- PARTE: Solicitada por la H
- CONSIDERANDO: Que, en el trámite presente, la Embajada de la República Argentina, mediante la nota
- Que, aquella documentación es remitida a esta Corte Suprema de Justicia a través de la
- CONSIDERANDO: Que, revisada la documentación cursante a fojas 127 y vuelta, se evidencia que la
- Que, el Juez de Cámara del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán de
- b) Da por cumplida la pena impuesta a Felipe Rico Rocha mediante sentencia de 19
- c) Dispone la comunicación de la resolución a la Delegación Tucumán de la Dirección Nacional
- Que, el Ministerio Público, de fojas 133 a 134 efectuando consideraciones sobre el Tratado de
- CONSIDERANDO: Que, con el pronunciamiento del Auto de fojas 127 y vuelta, la Autoridad Jurisdiccional
- Que, en consecuencia, al haberse dado por cumplida la pena impuesta en el País Requirente
- Comuníquese a la Embajada de la República Argentina y sea a través del Ministerio de
- No intervienen los Ministros Jaime Ampuero García, Julio Ortiz Linares y Eddy Wálter Fernández Gutiérrez
- Tampoco interviene la Ministra Beatriz Sandoval de Capobianco por encontrarse con licencia
- Regístrese y comuníquese
- Firmado:Sofía L. Fiengo S.
