CONSIDERANDO: Que, la representante del Ministerio Público señala las omisiones y acciones siguientes
Por otro lado, se debe tomar en cuenta el Auto Constitucional Nº 0079/2004-ECA de 29 de septiembre que determina: "consiguientemente, no habrá lesión a tal derecho cuando ha consecuencia del uso de los distintos medios de defensa y recursos que el sistema legal le dispensa: el imputado, por un exceso de previsión, provoca la dilación del proceso, quien -dada la capacidad de previsión inherente a todo ser humano- asume las consecuencias de sus actos; no correspondiendo, en tal circunstancia, la extinción de la acción penal; al no ser atribuible al Órgano Judicial o al Ministerio Público la dilación del proceso". Con los supuestos del hecho descritos, el Tribunal de Casación pasa a revisar los datos del proceso:
CONSIDERANDO: Que, la representante del Ministerio Público señala las omisiones y acciones siguientes:
que la inasistencia del imputado y/o de su abogado defensor ha ocasionado la suspensión de las siguientes audiencias públicas de fojas 108, 111, 130, 136, 146, 149, 152, 153, 163, 165 y 185;
por otro lado, se declaró a Cimar Gutiérrez Tellez rebelde y contumaz de fojas 122; y
asimismo interpuso recurso de apelación Edwin Vaca Velásquez de fojas 229 a 231 y recurso de casación de fojas 260 a 263 manifiestamente infundado
- CONSIDERANDO: Que, el Juez o Tribunal, de oficio o a petición de parte, debe priorizar
- Que, asimismo se debe tomar en cuenta la Sentencia Constitucional Nº 0101 de fecha 14
- CONSIDERANDO: Que, la representante del Ministerio Público señala las omisiones y acciones siguientes
- Solicitando no haber lugar a la extinción de la acción penal
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión del requerimiento y de los datos del proceso se evidencia
- CONSIDERANDO: Que, son dos aspectos jurídicos que se debe tomar en cuenta, que son consecuencias
- Que, por otro lado la declaratoria de rebelde y contumaz del procesado, incide en la
- De manera que se ha demostrado la responsabilidad del imputado que ha ocasionado la mora
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Excma
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dr. Carlos Jaime Villarroel Ferrer
- Dr. Wilfredo Ovando Rojas
- Proveído.- Abog. Sandra Magaly Mendivil Bejarano - Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro de Tomas de Razón a 2/2007.
