Auto Supremo AS/0295/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0295/2007

Fecha: 12-Mar-2007

II


II.- Que, no obstante lo expuesto, a objeto de verificar si lo denunciado en el recurso es evidente o no, se tiene:

1) El recurso de casación en la forma, al amparo del art. 254 inc. 4) del Cód. Pdto. Civil, en síntesis denuncia que el juez al dictar la sentencia hizo una equívoca valoración de la prueba y el tribunal de apelación al confirmar el fallo de primera instancia, da valor a dicha resolución sin tomar en cuenta que la actora no fue despedida sino que renunció de su fuente de trabajo; que la prueba de despido adjuntada por la actora no tiene valor al ser simple fotocopia que no cumple el art. 1311 del Código Civil