Auto Supremo AS/0349/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0349/2007

Fecha: 27-Mar-2007

Se regula honorario profesional de abogado, en la suma de Bs


POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución contenida en el inc. 1) del art. 60 de la L.O.J., arts. 271 inc. 2) y 273 del Cód. Pdto. Civil, aplicables por mandato del art. 252 del Cód. Proc. Trab., declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo de fs. 227-228, sin costas en aplicación del art. 39 de la Ley 1178 (SAFCO) de 20 de julio de 1990; de otra parte, se rechaza la excepción perentoria de cosa juzgada, por las razones expuestas en este fallo.

Se regula honorario profesional de abogado, en la suma de Bs. 500, que mandará a cancelar el tribunal de alzada