Auto Supremo AS/0158/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0158/2007

Fecha: 02-Abr-2007

Independientemente de lo anotado, aún hubiere en obrados una ejecutoria expresa del auto que rechaza


Independientemente de lo anotado, aún hubiere en obrados una ejecutoria expresa del auto que rechaza la excepción de incompetencia (extremo que no sucede en autos), si el tribunal de alzada, a tiempo de resolver el recurso de apelación de la sentencia, encuentra que el a quo ha actuado sin competencia en el conocimiento de una causa, es su obligación así declararlo, por cuanto la competencia es de orden público y de previo y especial pronunciamiento, porque son nulos los actos de los que usurpen funciones que no le competen, tal como manda el art. 31 de la Constitución Política del Estado