Auto Supremo AS/0434/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0434/2007

Fecha: 12-Abr-2007

b) No consta del proceso que el recurrente solicitó la aplicación del art


b) No consta del proceso que el recurrente solicitó la aplicación del art. 232-I del Cód. Pdto Civil, para la admisión de su prueba en segunda instancia, porque la sola presentación a tiempo de plantear apelación no es suficiente, toda vez que la oportunidad para presentarla quedó clausurado antes de la emisión de la sentencia. En todo caso, el recurrente tampoco precisó ni demostró de manera clara y concreta, en qué forma fueron infringidas, interpretadas y aplicadas errónea e indebidamente las normas citadas en el recurso; menos acreditó el error de derecho o error de hecho, en que supuestamente habría incurrido el tribunal de apelación en la apreciación y valoración de las pruebas, como impone la última parte del art. 253 inc. 3) del Cód. Pdto. Civil; al contrario, los tribunales de instancia, acertadamente han arribado a la libre valoración de las pruebas en función al art. 158 del Cód. Proc. Trab., para concluir en la forma resuelta