Auto Supremo AS/0483/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0483/2007

Fecha: 24-Abr-2007

Por ello, en autos, la prescripción, se activó en forma escalonada y consecutivamente, cada quince


Por ello, en autos, la prescripción, se activó en forma escalonada y consecutivamente, cada quince de mes del total de los importes referidos, dando lugar a la extinción de ese derecho, conforme a los arts. 120 de la L.G.T. y 163 de su D.R., a los dos años de nacidos los mismos, salvo que se hubiese interrumpido esa prescripción mediante solicitudes ante la empresa demandada, reparticiones del Ministerio de Trabajo o la Judicatura del Trabajo, circunstancias que no se han acreditado en obrados