Esta resolución, motivó el recurso de casación de Fs
Esta resolución, motivó el recurso de casación de Fs. 90, interpuesto por el demandante, alegando que el Tribunal ad quem no ha cumplido con el mandato constitucional previsto por los Arts. 156 y 157 de la C.P.E., que establecen la protección de los derechos de los trabajadores con la única finalidad de incumplir con el pago de horas extraordinarias trabajadas en días sábados y domingos, demostradas a través del libro respectivo firmado por la autoridad administrativa, al amparo de lo estipulado en el Decreto Supremo Nos. 09113 de 20 de febrero de 1970 modificado en sus Arts. 1º y 2º por el Decreto Supremo Nº 09332 de 13 de agosto de 1970; por lo relacionado, en forma incongruente solicita se declare procedente su recurso y deliberando en el fondo, se case el auto de vista recurrido declarando probada su demanda y sea con el reconocimiento de costas, ordenando el pago de horas extraordinarias trabajadas
- AUTO SUPREMO Nº 317 - Social Sucre, 16 de mayo de 2007
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social
- Apelada la sentencia por el representante de la parte demandada, la Sala Social y Administrativa
- Esta resolución, motivó el recurso de casación de Fs
- CONSIDERANDO II: Que, así expuesto el recurso, corresponde su análisis en base a los antecedentes
- Ciertamente la doctrina del derecho del trabajador ha entendido que el salario o sueldo, constituye
- En autos se advierte que el Tribunal ad quem al revocar parcialmente la sentencia dictada
- Por lo relacionado, al no ser evidentes las violaciones acusadas en el recurso, corresponde resolver
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- No se regula honorario profesional de abogado, en razón de no haber sido contestado el
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
