Auto Supremo AS/0322/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0322/2007

Fecha: 16-May-2007

No siendo en consecuencia evidentes las infracciones acusadas en el recurso en el que, por


De lo anteriormente expuesto se concluye que tanto el A quo como el Ad quem han hecho una correcta valoración de la prueba aportada y de los antecedentes procesales, éste en el marco del Art. 236 del Adjetivo Civil, consiguientemente, dando debida aplicación a las normas legales sobre la materia, reconociendo como existente la relación laboral entre las partes, con derecho al pago de los beneficios sociales reconocidos, por despido.

No siendo en consecuencia evidentes las infracciones acusadas en el recurso en el que, por otra parte, con desconocimiento del Art. 274 del Código de Procedimiento Civil, se pide casación sin especificar a que resolución se refiere ni los alcances legales y jurídicos de tal pretensión