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    Auto Supremo AS/0322/2007
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0322/2007

    Fecha: 16-May-2007

    Regístrese, notifíquese y devuélvase


    Se regula el honorario profesional de abogado en la suma de Bs. 400.-, que mandará pagar el Tribunal ad quem.

    Relator: Ministro Dr. Jaime Ampuero García.

    Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • AUTO SUPREMO Nº 322 - Social Sucre, 16 de mayo de 2007
    • Apelada la sentencia, la Sala Civil, Comercial, de Familia, Social, Niño, Niña y Adolescente de
    • Auto de vista del que el demandado interpone el recurso de casación, que se pasa
    • Que el Servicio de Agua Potable era dependiente de la Corporación de Pando, de donde
    • La vigencia de la Ley No
    • Continúa, acusando la interpretación errónea de los Art
    • Asimismo acusa la violación de los Arts
    • Concluye interponiendo el recurso extraordinario de casación, en el cual pide "
    • CONSIDERANDO III: Que del conocimiento anterior se establece en el recurso la falta de conceptualización
    • En lo atinente al Art
    • El Estatuto del Funcionario Prefectural, es un instrumento normativo de la Prefectura del Departamento de
    • No siendo en consecuencia evidentes las infracciones acusadas en el recurso en el que, por
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
    • Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.

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