CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, analizando el mismo, para establecer si lo denunciado
CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, analizando el mismo, para establecer si lo denunciado es evidente o no, se concluye:
1).- Revisando el recurso, se advierte que no reúne los requisitos de técnica procesal; sin embargo, prescindiendo las deficiencias y tomando en cuenta sólo las simples alegaciones, en el marco del derecho que tienen los justiciables a ser oídos y que sus reclamos, aún deficientes, merecen una respuesta que absuelva su convicción de justicia, este tribunal no encuentra mérito para la casación impetrada
- DISTRITO: Cochabamba PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr.Juan José González Osio
- En grado de apelación, a instancia de ambas partes, por auto de vista No
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo, planteado por el demandado Sabino
- A su vez el actor, en base a los fundamentos del memorial de fs
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, analizando el mismo, para establecer si lo denunciado
- En efecto, no precisa en qué causal del art
- 2)
- En este marco, no es evidente que en la emisión del fallo recurrido, exista error
- 3)
- CONSIDERANDO III: Que, en el caso sub-lite, se concluye que el auto de vista cumple
- Finalmente, no siendo evidente lo denunciado en el recurso, porque el tribunal de apelación realizó
- Se regula el honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
