Auto Supremo AS/0363/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0363/2007

Fecha: 01-Jun-2007

CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social


DISTRITO: Oruro

PARTES: Fulvia Guzmán Olivares c/ COMIBOL

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VISTOS: El recurso de casación de Fs. 83-85 interpuesto por Aly Ágreda Vedia por la Corporación Minera de Bolivia - COMIBOL, en calidad de apoderado legal; del auto de vista No. 293/2002 de Fs. 79-80, dictado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, en el proceso laboral seguido por Fulvia Guzmán Olivares contra la recurrente, demandando reconocimiento y pago de beneficios sociales por despido; los antecedentes del proceso, lo alegado por las partes, el dictamen fiscal de Fs. 98-99, y

CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social de Oruro, pronunció la sentencia No. 40/2002 de Fs. 57-60 por la que, de acuerdo con el dictamen fiscal de Fs. 50-51, declara probada la demanda de Fs. 17-18, disponiendo que la empresa demandada a través de su personero legal cancele (al actor) desahucio, indemnización, aguinaldo y vacaciones, conforme a la liquidación efectuada, en un monto de Bs. 11.967.34 en base a un salario mensual promedio e indemnizable de Bs. 1.900.00 con una antigüedad de 1 años, 11 meses y 22 días