CONSIDERANDO III: Que, del conocimiento anterior se establece ser evidente la intención de la empleadora
CONSIDERANDO III: Que, del conocimiento anterior se establece ser evidente la intención de la empleadora de atribuir una naturaleza jurídica civil a la relación contractual que se dio entre las partes, cuando ella era laboral; sin que sea válido el argumento de que el contrato era de prestación de servicios, en una definición y concepto errados como si la misma fuera ajena a la relación obrero patronal
- AUTO SUPREMO Nº 363 - Social Sucre, 01 de junio de 2007
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social
- Auto de vista del que la demandada interpone el recurso de casación que se pasa
- CONSIDERANDO II: Que del análisis y conocimiento del mismo, cursante a Fs
- Continúa, que el marco legal de la contratación debe respetarse los términos en los que
- Concluye formalizando la interposición del recurso solicitando que la Corte Suprema de Justicia case el
- CONSIDERANDO III: Que, del conocimiento anterior se establece ser evidente la intención de la empleadora
- Por otra parte, es claro en su contenido el memorando de Fs
- El documento, refiere conceptos como el de dependencia y el pago de una remuneración o
- A lo anterior se suma el hecho evidente de que la naturaleza de la funciones
- Que como se tiene dicho, la naturaleza jurídica del contrato no la define ni establece
- De donde resulta que la relación entre las partes en el presente proceso, como lo
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
