Auto Supremo AS/0605/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0605/2007

Fecha: 16-Jun-2007

Dicho fallo motivó el recurso de casación y nulidad de fs


En grado de apelación, formulada por el mencionado recurrente (fs. 150), la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito de La Paz, emitió el Auto de Vista No. 109/05 SSA-III de 28 de mayo de 2005 (fs. 213), confirmando la resolución emitida por la Comisión de Reclamaciones No. 0304.04 de 23 de julio de 2004.

Dicho fallo motivó el recurso de casación y nulidad de fs. 215-216 planteado por el recurrente Julio Manuel Ponce Espinoza, acusando que el Tribunal ad quem, no efectuó una correcta valoración de la prueba documental aparejada al proceso, que demuestra que en cumplimiento de las previsiones del art. 1º del D.S. Nº 12540 de 30 de mayo de 1975, acumuló 309 cotizaciones, como funcionario de la Empresa Constructora COPESA, al estar exento del aporte laboral entre junio de 1979 a diciembre de 1986, pues el auto de vista, no hizo mención de la referida norma y por el contrario, sólo efectuó un análisis erróneo del art. 2º del indicado D.S. Nº 12540, desconociendo la fe probatoria de la prueba presentada. También refiere que el auto de vista incluye un falaz argumento relativo a que en el finiquito se hubiesen incluido aportes al Seguro Social, circunstancia que no es evidente, pues dicho importe se refiere a una póliza de seguro que se otorgó por la empresa como un respaldo adicional a las funciones que desempeñaba