POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución contenida en el inc. 1) del art. 60 de la L.O.J., en desacuerdo con el dictamen del Fiscal General de la República de fs. 225, CASA el auto de vista impugnado y, deliberando en el fondo, deja sin efecto las Resoluciones Nos. 001810 de 13 de febrero de 2002 (fs. 85) y 0304.04 de 23 de julio de 2004 (fs. 130-131), disponiendo que la Comisión de Calificación de Renta del SENASIR, otorgue renta básica de vejez a favor del recurrente Julio Manuel Ponce Espinoza, sobre la base de las 309 cotizaciones acreditadas con la permisión de las normas previstas por los arts. 13 y 14 del D.S. Nº 27543 de 31 de mayo de 2004
- PARTES: Julio Manuel Ponce Espinoza c/ Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR)
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el recurso de reclamación de fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación y nulidad de fs
- Concluye alegando que el auto de vista incurrió en error de hecho y de derecho
- CONSIDERANDO II: Del examen de los antecedentes procesales, respecto del recurso de casación y nulidad
- En este periodo existe un lapso de tiempo, comprendido desde el mes junio de 1979
- El Tribunal de alzada, a tiempo de resolver el recurso de apelación, determinó que el
- 2) Revisando minuciosamente los documentos que en fotocopia legalizada cursan de fs
- Estos documentos, no fueron considerados por el Tribunal ad quem, quien sólo considera que el
- Es verdad que el actor, no presentó el o los contratos de obra que el
- Por lo referido, corresponde dar aplicación a los arts
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Sin responsabilidad por ser excusable
- Para resolución, según convocatorias de fs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Jaime Ampuero García
- Dra. Beatríz Alcira Sandoval Bascopé de Capobiando
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
