Auto Supremo AS/0312/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0312/2007

Fecha: 17-Jul-2007

CONSIDERANDO: Que, si bien corresponde a las partes exponer los hechos y al juez aplicar


CONSIDERANDO: Que, si bien corresponde a las partes exponer los hechos y al juez aplicar el derecho (principio iura novit curia), no es menos evidente que las partes a tiempo de exponer los hechos que sostienen su pretensión, deben amparar su acción en las disposiciones legales aplicables al caso que exponen, de ahí porqué el a quo, ejerciendo su verdadero rol de director del proceso, estaba en la obligación de disponer de oficio se subsane la demanda, por no ajustarse a las reglas establecidas por el art. 1567 del Código Civil, pues lo contrario significa dejar en indefensión a las partes, al no ajustar su petición a las reglas legales que les eran pertinentes