Auto Supremo AS/0422/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0422/2007

Fecha: 27-Jul-2007

b) Concluye pidiendo se case el auto de vista recurrido y se declare firme y


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VISTOS: Elrecurso de casación de fojas 49 a 51, interpuesto por Fernando Agustín Molina Guzmán, contra el auto de vista Nº 110/02-SSA-I de 9 de diciembre de 2002 de fojas 42, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso laboral seguido por el recurrente contra el Banco Ganadero S.A., representado por Carmen Aurora Rodas Ruiz; los antecedentes procesales, y

CONSIDERANDO I: Que, la Jueza Sexto del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz emitió el auto de 28 de enero de 2002 de fojas 32 a 34, declarando improbada la excepción previa de incompetencia planteada por la representante legal del Banco Ganadero de fojas 27-28 de obrados.

En grado de apelación a instancia de la institución crediticia, mediante el auto de vista Nº 110/02-SSA-I de 9 de diciembre de 2002 de fojas 42, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, se revoca la resolución Nº 04/2002 de 28 de enero 2002, ordenando que la Jueza Sexto del Trabajo dé aplicación a lo dispuesto por el Art. 131 inc. a) del Código Procesal del Trabajo, y se decline competencia ante el Juez Instructor de Turno en lo Civil.

Dicho fallo motivó, que el actor Fernando Agustín Molina Guzmán, interponga el recurso de casación, denunciando:

a) Lavulneración de los Arts. 157, 161 y 162 de la Constitución Política del Estado, 1º, 4º y 6º de la Ley General del Trabajo, 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 23570 de 26 de julio de 1993, 1º, 2º, 3º, 6º, 9º, 42, 43, 44, 53, 62, 66, 149, 150 y 151 del Código Procesal del Trabajo, el principio de primacía de la realidad, y el Art. 21 del Decreto Supremo Nº 21678, al emitir el auto de vista impugnado.

b) Concluye pidiendo se case el auto de vista recurrido y se declare firme y subsistente el auto de fojas 32-34 en su integridad y sea con costas