Auto Supremo AS/0422/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0422/2007

Fecha: 27-Jul-2007

III


III.- En cuanto al presente recurso de casación en análisis, es necesario con carácter previo, hacer una distinción entre los trabajadores dependientes y los independientes. Los primeros, son subordinados, realizan una actividad con sujeción a un patrono, supeditado a la prestación de un servicio personal, bajo una continua y permanente dependencia; en cambio los segundos, realizan una actividad sin sujeción a ningún patrón o empleador, mediante la celebración de actos, obras o contratos de derecho común