Que de la suscripción de los contratos, bajo la denominación de "Contrato Privado", con la
Que de la suscripción de los contratos, bajo la denominación de "Contrato Privado", con la cláusula tercera de duración del mismo, tratando de burlar los derechos sociales del empleado, estableciendo en cada uno de los contratos de fojas 1-6, un término, habiendo continuado el demandante desarrollando la prestación de servicios convenida, contratos que se convirtieron en indefinidos
- AUTO SUPREMO Nº 422 - Social Sucre, 27 de julio de 2007
- PARTES: Fernando Agustín Molina Guzmán c/ Banco Ganadero S.A
- b) Concluye pidiendo se case el auto de vista recurrido y se declare firme y
- CONSIDERANDO: Que de la revisión pormenorizada de los datos procesales y los fundamentos del recurso,
- II
- III
- En el contrato de trabajo, dada su naturaleza especial, es imprescindible la concurrencia de varios
- En autos, de la lectura detallada de la demanda de fojas 7-8 y del testimonio
- Que de la suscripción de los contratos, bajo la denominación de "Contrato Privado", con la
- IV
- De lo referido, se concluye que la Juez a quo, es competente para conocer la
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Para resolución, según convocatoria de Fs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, 27 de julio de 2007
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
