POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución contenida en el art. 60 inc. 1) de la L.O.J., de acuerdo con el dictamen fiscal de fs. 128-129, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 106-112, con costas
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso coactivo social, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad
- En grado de apelación deducida por ambas partes, por auto de vista Nº 529 de
- Que, contra el mencionado auto de vista, el representante de la empresa coactivada, interpone recurso
- 1
- b)
- 2
- Consiguientemente corresponde resolver el recurso en la forma prevista en los arts
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
- Interviene para resolución, la Ministra de la Sala Social y Administrativa Primera, Dra
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dra. Beatriz Alcira Sandoval Bascopé
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
