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2.- Con referencia a la posición sobre infracción de las disposiciones contenidas en los artículos 117 y 123 de la Ley de Organización Judicial, en sentido de que no hubo sorteo de expediente en la Corte Superior y que no consta que tal expediente llevara firma y sello del Vocal Semanero, cabe señalar que tales hechos no constituyen causal de nulidad de obrados, pues toda nulidad debe surgir necesariamente de lo señalado en el artículo 308 del Código de Procedimiento Penal de 1972 y figurar entre las causales de nulidad señaladas en el artículo 297 del mismo Código
- Falsedad Material y Uso de Instrumento Falsificado
- CONSIDERANDO: que en ese proceso, al término de la fase del plenario, el Juez de
- Que contra esa Sentencia interpuso recurso de apelación el querellante Gerardo Quinteros Ferrel (fojas 484
- Que ante lo resuelto por ese Auto de Vista, la procesada interpuso el recurso de
- CONSIDERANDO: que efectuado el análisis de lo expuesto por la recurrente en relación con los
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- Que no habiendo el Tribunal de Alzada observado los preceptos legales anotados, efectuó una falsa
- POR TANTO: La Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese hágase saber y devuélvase
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
