Auto Supremo AS/0264/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0264/2007

Fecha: 29-Ago-2007

Que no habiendo el Tribunal de Alzada observado los preceptos legales anotados, efectuó una falsa


Que no habiendo el Tribunal de Alzada observado los preceptos legales anotados, efectuó una falsa apreciación de los hechos e incurrió en errores de hecho y de derecho al imponer a la procesada una pena que no corresponde, razón por la cual es preciso enmendar dicho error aplicando la causal de casación prevista por el numeral 3) del artículo 307 del Código de Procedimiento Penal de 1972