Auto Supremo AS/0264/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0264/2007

Fecha: 29-Ago-2007

CONSIDERANDO: que efectuado el análisis de lo expuesto por la recurrente en relación con los


CONSIDERANDO: que efectuado el análisis de lo expuesto por la recurrente en relación con los antecedentes del proceso, se llega a las siguientes conclusiones:

1.- Respecto al criterio sobre infracción de las disposiciones contenidas en el artículo 112 del Código de Procedimiento Penal de 1972 en sentido de haberse remitido las diligencias de Policía Judicial sin un informe técnico científico de laboratorio sobre la falsedad de los documentos que dieron origen al proceso, pese a no existir tal informe, ese hecho quedó virtualmente reemplazado por pruebas presentadas en la fase del plenario, según las cuales se demostró que la imputada presentó los documentos observados para obtener un crédito, por lo cual la falta de un examen grafológico de firmas no constituye causa de nulidad de obrados