Auto Supremo AS/0433/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0433/2007

Fecha: 24-Ago-2007

CONSIDERANDO: Ahora bien, analizando los antecedentes de la materia, se determina que la resolución emitida


CONSIDERANDO: Ahora bien, analizando los antecedentes de la materia, se determina que la resolución emitida por el tribunal de apelación se circunscribe tanto en el marco normativo anteriormente referido, como en las disposiciones asumidas en el Auto Supremo No. 401/2003 que es invocado como precedente contradictorio- y que estableció como doctrina legal aplicable, el inexcusable deber de los juzgadores de emitir sus fallos con la debida motivación y fundamentación en estricta observancia de la garantía constitucional del debido proceso. Consiguientemente, así las cosas, es preciso señalar que no existe incumplimiento o violación de lo previsto en el art. 124 de Código de Procedimiento Penal, ni contradicción entre el fallo recurrido de casación y el precedente invocado por el recurrente, concluyéndose, en definitiva, que las denuncias vertidas al respecto son infundadas