Auto Supremo AS/0433/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0433/2007

Fecha: 24-Ago-2007

CONSIDERANDO: Que a efectos de resolver el recurso planteado, es imperioso referirse a los argumentos


CONSIDERANDO: Que a efectos de resolver el recurso planteado, es imperioso referirse a los argumentos del auto de vista recurrido, que sustentan la decisión de anular totalmente la sentencia dictada en primera instancia y disponer la reposición del juicio por otro Tribunal, para luego, contrastar con los argumentos del recurso de casación y resolver lo que en derecho corresponda. En ese orden es pertinente señalar que:

I. Los argumentos centrales de la resolución de vista anulatoria, se fincan en el hecho de que el tribunal de sentencia habría incurrido en aplicación defectuosa de la norma sustantiva y sobre todo en incumplimiento de los requisitos contenidos en el art. 370.5) del Código de Procedimiento Penal, puesto que no especificó en forma clara y contundente la absolución aplicada, tampoco efectuó una adecuada valoración de la prueba, con sana crítica y en forma objetiva por cuanto existe contradicción entre la parte considerativa de dicho fallo y la decisión asumida en la parte dispositiva del mismo, circunstancias que no pueden ser corregidas por dicho tribunal, conforme lo previsto por los arts. 407 y 413 del Código de Procedimiento Penal