Auto Supremo AS/0688/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0688/2007

Fecha: 30-Ago-2007

CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, analizando si lo denunciado es evidente o no,


CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, analizando si lo denunciado es evidente o no, se tiene:

1) De obrados se desprende que, si bien el recurso no cumple a cabalidad con la adecuada técnica jurídica para su interposición, conforme dispone el art. 258 del Cód. Pdto. Civ., porque ni siquiera citan los recurrentes la norma supuestamente vulnerada, menos especifican de forma clara, concreta y precisa, en qué consiste dicha infracción o, en su caso, de qué manera hubiera incurrido el tribunal de apelación, respecto a la aplicación indebida o errónea interpretación de la ley, tampoco demuestran en qué consiste el error de hecho y de derecho en la apreciación de las pruebas; no obstante de ello, se ingresa al análisis respectivo a objeto de dar respuesta al recurso planteado