Auto Supremo AS/0688/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0688/2007

Fecha: 30-Ago-2007

Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs


Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs. 125-126, planteado por José Miguel Padilla Parada y Lena Carola Torrelio de Eid, en representación de Jorge Armando Navarro Calderón, Gerente Regional de la Aduana Cochabamba, quienes simplemente se limitan a realizar un relato histórico de lo obrado, para justificar el auto de 12 de agosto de 1999 que rechazó de extensión del PTA, haciendo alusión que la prescripción fue interrumpida con la interposición de peticiones hechas a la Aduana por el actor, así también por la emisión de los Decretos Supremos Nos. 24604, 25093, 25234 y 25248, que fueron publicados desde el año 1997 al 2001; luego, hace referencia que el tribunal de alzada incurrió en error de hecho y de derecho en la apreciación de las pruebas, al señalar que no es posible que el actor hubiera cancelado los derechos de la Póliza de importación No. 09806 en fecha 13 de octubre de 1989, de un motorizado modelo 1990; con estos argumentos impetra se case el auto de vista, al considerar que la esperada prescripción fue interrumpida y que subsiste los derechos de la Administración aduanera para percibir los tributos y aranceles del automotor Mazda, tipo Sedan, modelo 1990, con chasis BF10E2-132648, motor E5-705417 de propiedad del demandante