Auto Supremo AS/0395/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0395/2007

Fecha: 18-Sep-2007

CONSIDERANDO: Que revisado el recurso de casación interpuesto se establece


CONSIDERANDO: Que revisado el recurso de casación interpuesto se establece:

En consideración al recurso de casacón en el fondo, el fundamento del recurrente de que en el Auto de Vista las autoridades jurisdiccionales que lo dictaron habrían incurrido en interpretación y aplicación errónea del art. 253-1), 2) y 3) del Código de Procedimiento Civil, toda vez que la declaratoria de herederos habría sido tramitada fuera de los 10 años que prevé el artículo 1029 del Código Civil y en un distrito que no tenía jurisdicción ni competencia, no siendo objeto de la litis, el argumento se toma impertinente al no haberse reconvenido por este aspecto