Auto Supremo AS/0399/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0399/2007

Fecha: 28-Sep-2007

Que, a fs


Que, a fs. 456 vlta., del expediente consta la licencia concedida al Juez a quo, entre el 8 y 11 de diciembre de 2004, entendiéndose, en la permisión del art. 31 de .L.O.J. que durante el tiempo de la licencia quedó suspendida su competencia, debiendo esos días, ser descontados del plazo corrido entre el decreto de "Autos" y la fecha de la sentencia, infiriéndose en tal circunstancia, que la referida resolución fue dictada dentro del plazo de los 40 días otorgados por el art. 204 del Código de Procedimiento Civil, no siendo evidente que incurriera en la sanción del art. 208 del la misma norma procesal civil