CONSIDERANDO: Que de acuerdo a la doctrina, en la revisión de sentencia condenatoria ejecutoriada, se
CONSIDERANDO: Que de acuerdo a la doctrina, en la revisión de sentencia condenatoria ejecutoriada, se plantea el problema de articular dos principios básicos de nuestro ordenamiento jurídico: el principio de seguridad jurídica (que conduce a que la sentencia de fondo y, en general, cualquier resolución judicial, en un momento determinado sea irrevocable) y el principio de justicia. Tales principios normalmente van unidos y se complementan el uno al otro. Sin embargo, nos podemos encontrar con supuestos excepcionales en los que se produzca un choque entre ambos principios: estamos pensando en sentencias firmes que fuesen manifiestamente injustas. En estos casos se plantea el problema de si debemos dar prevalencia al principio de seguridad jurídica y, en consecuencia, no permitir la posibilidad de que se pueda revocar dicha sentencia, o, por el contrario, dar prioridad al principio de justicia y admitir que, en ciertos casos, la cosa juzgada pueda quedar sin efecto. A esta última posibilidad responde la revisión de sentencia
- PARTES: Julio Tarqui Tarqui y Isabel Soto de Tarqui
- Revisión Extraordinaria de Sentencia
- A, 13 de septiembre de 2007
- CONSIDERANDO: Que Julio Tarqui Tarqui e Isabel Soto de Tarqui formulan recurso de revisión de
- Que la Sentencia No
- Que por el testimonio 502683, escritura pública de compra y venta del lote de terreno
- Los nuevos hechos a los que hace referencia el art
- Afirma que la sentencia se basó en planos que no estaban aprobados por la Alcaldía
- CONSIDERANDO: Admitida la revisión extraordinaria de sentencia por Auto Supremo No
- En este marco, la querella formulada por Ramón Guarachi Colque, luego de ser rechazada por
- Esta resolución fue confirmada en apelación mediante auto de vista No
- En fotocopias simples
- Tarjetas de registro de propiedad de fs. 12-13
- Sentencia No
- En fotocopias legalizadas
- Resolución Municipal No. 0013/2005 de 17 de enero, fs. 4-5
- Resolución Administrativa No
- Resolución Municipal No. 092/97 de 22 de abril de 1997
- Escritura pública de compra venta de un lote de terreno ubicado en el ex fundo
- CONSIDERANDO: Que de acuerdo a la doctrina, en la revisión de sentencia condenatoria ejecutoriada, se
- La revisión significa una derogación del principio preclusivo de la cosa juzgada y su existencia
- A tenor de este prefacio, corresponde señalar que el art
- Bajo estas premisas, analizando los antecedentes de la causa y principalmente los documentos adjuntados al
- Por otro lado, los otros documentos presentados con el recurso de revisión, entre los que
- En definitiva, los recurrentes no han demostrado que el hecho por el que fueron juzgados
- Que, por lo expuesto, la prueba presentada, no demuestra que después de la sentencia hubiesen
- En consecuencia, teniendo en cuenta que el recurso de revisión constituye un medio de ataque
- Ministro Relator: Abg. Julio Ortiz Linares
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Julio Ortiz Linares
- Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Sucre, 13 de septiembre de 2007
- Libro Tomas de Razón 2/2007.
