En consecuencia, teniendo en cuenta que el recurso de revisión constituye un medio de ataque
En consecuencia, teniendo en cuenta que el recurso de revisión constituye un medio de ataque de la cosa juzgada que se fundamenta en razones de justicia, cuya finalidad es la de rescindir sentencias condenatorias por causales contenidas en el Código de Procedimiento Penal cuando existen elementos probatorios que demuestren la injusticia de un fallo, se concluye que en el caso examinado no se ha probado la causal invocada en el numeral 4) inc. c) del Art. 421 del citado Código Procesal Penal, tornando el recurso de revisión de sentencia en improcedente
- PARTES: Julio Tarqui Tarqui y Isabel Soto de Tarqui
- Revisión Extraordinaria de Sentencia
- A, 13 de septiembre de 2007
- CONSIDERANDO: Que Julio Tarqui Tarqui e Isabel Soto de Tarqui formulan recurso de revisión de
- Que la Sentencia No
- Que por el testimonio 502683, escritura pública de compra y venta del lote de terreno
- Los nuevos hechos a los que hace referencia el art
- Afirma que la sentencia se basó en planos que no estaban aprobados por la Alcaldía
- CONSIDERANDO: Admitida la revisión extraordinaria de sentencia por Auto Supremo No
- En este marco, la querella formulada por Ramón Guarachi Colque, luego de ser rechazada por
- Esta resolución fue confirmada en apelación mediante auto de vista No
- En fotocopias simples
- Tarjetas de registro de propiedad de fs. 12-13
- Sentencia No
- En fotocopias legalizadas
- Resolución Municipal No. 0013/2005 de 17 de enero, fs. 4-5
- Resolución Administrativa No
- Resolución Municipal No. 092/97 de 22 de abril de 1997
- Escritura pública de compra venta de un lote de terreno ubicado en el ex fundo
- CONSIDERANDO: Que de acuerdo a la doctrina, en la revisión de sentencia condenatoria ejecutoriada, se
- La revisión significa una derogación del principio preclusivo de la cosa juzgada y su existencia
- A tenor de este prefacio, corresponde señalar que el art
- Bajo estas premisas, analizando los antecedentes de la causa y principalmente los documentos adjuntados al
- Por otro lado, los otros documentos presentados con el recurso de revisión, entre los que
- En definitiva, los recurrentes no han demostrado que el hecho por el que fueron juzgados
- Que, por lo expuesto, la prueba presentada, no demuestra que después de la sentencia hubiesen
- En consecuencia, teniendo en cuenta que el recurso de revisión constituye un medio de ataque
- Ministro Relator: Abg. Julio Ortiz Linares
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Julio Ortiz Linares
- Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Sucre, 13 de septiembre de 2007
- Libro Tomas de Razón 2/2007.
