Por lo que resulta que el cargo establecido, con las responsabilidades consiguientes, como tampoco la
Que el informe del Asesor Técnico de la A quo, de Fs. 114-115, es claro y categórico en su contenido al respecto, con el valor que le ha reconocido sistemática y continuamente la jurisprudencia de este Tribunal, como de auditoria con opinión autorizada en la materia, en el ámbito jurisdiccional; que se debe analizar en autos en el contexto del de Fs. 26-27, emitido por los fiscalizadores del Órgano Administrativo, la Jefatura del Sector Fiscalización, del sujeto activo; documento que establece por el cruce de información realizado, que "Material de Construcción Panchito" es la empresa que expidió las facturas observadas a favor de la Sociedad Hotelera y Turística Portales y no así "Lubricantes Copacabana".
Por lo que resulta que el cargo establecido, con las responsabilidades consiguientes, como tampoco la definición de la conducta atribuida al sujeto pasivo, son pertinentes
- AUTO SUPREMO Nº 463 - Contencioso Tributario Sucre, 10 de septiembre de 2007
- CONSIDERANDO I: Que, planteada la demanda a Fs
- Apelada está sentencia por ambas partes, la administración demandada a Fs
- Continúa, con los títulos de "Inaplicación e Inobservancia" y "Errónea Aplicación de Disposiciones Legales"; en
- Finalmente, pide del Supremo Tribunal la casación del auto de vista recurrido de Fs
- CONSIDERANDO III: Que, del examen y conocimiento de los antecedentes del proceso y del recurso
- Que entre 1991 y 1992, el establecimiento comercial "Material de Construcción Panchito", emitió facturas por
- Por lo que resulta que el cargo establecido, con las responsabilidades consiguientes, como tampoco la
- En atención a lo anterior, se concluye que los de instancia han obrado con criterio
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, 10 de septiembre de 2007
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
