Auto Supremo AS/0464/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0464/2007

Fecha: 11-Sep-2007

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de


Que en ese marco legal, corresponde resolver de conformidad a lo dispuesto en el Art. 271 numeral 4) del Código de Procedimiento Civil, por mandato del Art. 297 del Código Tributario.

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución contenida por el inc. 1) del Art. 60 de la L.O.J., y de acuerdo con el dictamen fiscal de fojas 69-70, CASA el auto de vista recurrido y, deliberando en el fondo, declara PROBADA la excepción de falta de competencia planteada por la Administración Regional de Impuestos Internos de la ciudad de La Paz de fojas 17 a 18; sin responsabilidad por ser excusable