Auto Supremo AS/0694/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0694/2007

Fecha: 03-Sep-2007

CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso ingresando a su análisis se establece


CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso ingresando a su análisis se establece:

1).- En principio, el recurrente manifiesta que el auto de vista recurrido, al confirmar la resolución No. 52/2000 de 15 de septiembre de 2000 (fs. 31-32), convalida las infracciones acusadas, por cuanto no toma en cuenta que los actos de la Administración (que el demandante impugna en su acción), se dictaron con plena competencia en la fase de cobranza coactiva; por lo que, considera que los tribunales de instancia, carecen de competencia para modificar o dejar sin efecto dichos actos, en aplicación de los arts. 157 de la L.O.J., 305 y 307 del Cód. Trib., acusando además que han incurrido en interpretación y aplicación indebida de los arts. 214 del Cód. Trib. y 337 del Cód. Pdto. Civil, como omisión del art. 238 del Cód. Trib. y art. 5 de la L.O.J., ya que las disposiciones del Procedimiento Civil, sólo se aplican a falta de disposición expresa del procedimiento Contencioso Tributario previsto en el Título VI del Código Tributario