Auto Supremo AS/0732/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0732/2007

Fecha: 17-Sep-2007

2) En efecto, con el auto de vista acertadamente se confirma parcialmente la sentencia de


2) En efecto, con el auto de vista acertadamente se confirma parcialmente la sentencia de primera instancia, luego de realizar una valoración a los antecedentes procesales y los elementos probatorios cursantes en obrados, principalmente en virtud al informe técnico de fs. 671-677, el mismo que tiene el carácter de auditoria y ciertamente una opinión autorizada en la materia, de cuyo resultado se desprende que el comportamiento fiscal del contribuyente por el desarrollo de sus registros contables y la presentación de sus declaraciones juradas, hace constar que no incurrió en defraudación de impuestos, a cuya conclusión han arribado acertadamente los tribunales de instancia, al concluir sus fallos en la forma resuelta