Auto Supremo AS/0017/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0017/2008

Fecha: 17-Ene-2008

Regístrese, notifíquese y devuélvase


De donde resulta que, por las omisiones legales antes anotadas, en el recurso en examen, con incumplimiento legal antes señalado, no se abre la competencia del Tribunal para el conocimiento del mismo.

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en ejercicio de la facultad y atribución que le confiere el Art. 60-1) de la Ley de Organización Judicial, en aplicación del Art. 272-2) del Código de Procedimiento Civil, declara IMPROCEDENTE el recurso de casación de Fs. 69-70.

Relator: Ministro Dr. Jaime Ampuero García.

Regístrese, notifíquese y devuélvase