Auto Supremo AS/0244/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0244/2008

Fecha: 27-Oct-2008

De ahí que el auto de vista pronunciado en obrados, no responde a los principios


De ahí que el auto de vista pronunciado en obrados, no responde a los principios de pertinencia, congruencia, y exhaustividad que prevé el art. 236 con relación al art. 227, ambos del Código de Procedimiento Civil, de donde resulta intrapetita la resolución pronunciada por el tribunal ad quem, en claro perjuicio a la celeridad procesal, correspondiendo anular el auto de vista, por clara infracción a lo que dispone el art. 254-4) del adjetivo de la materia