CONSIDERANDO II: Que, del conocimiento del mismo se tiene que el recurrente se ocupa, en
CONSIDERANDO II: Que, del conocimiento del mismo se tiene que el recurrente se ocupa, en principio, de efectuar una relación de los antecedentes del nexo laboral entre las partes y, en ese ámbito, la circunstancia en la que actor se ausentó de sus funciones a Londres - Inglaterra, alegando que fue con permiso verbal y destinado a la compra de concentrados. Que no hubo abandono de trabajo y que, por el contrario, fue despedido unilateralmente, señalando como prueba de ello el compromiso de la empresa de cancelar sus beneficios sociales, en base a los finiquitos de fs. 7 y 50, el comprobante de egreso No. 001391 y el cheque No. 96734 del Banco Nacional de Bolivia por $us 8.628,27, que no pudo ser cobrado por estar ausente del país
- AUTO SUPREMO Nº 482 - Social Sucre, 02 de octubre de 2008
- Apelada la Sentencia a fs
- Resolución contenida en el Auto de Vista No
- CONSIDERANDO II: Que, del conocimiento del mismo se tiene que el recurrente se ocupa, en
- Continúa impugnando la validez legal de la nota de aviso de abandono de trabajo a
- Finaliza acusando la infracción de los arts
- Concluye interponiendo el recurso, pidiendo su concesión ante este Tribunal que, deliberando en el fondo,
- CONSIDERANDO III: Que, del análisis y conocimiento anterior se establece la existencia de relación laboral
- Que, analizado el fondo de la litis, la pretensión de beneficios sociales por despido, con
- Por lo que resulta ocioso el argumentar más allá de lo establecido con absoluta claridad,
- En lo relativo a los finiquitos de fs
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
