Regístrese, notifíquese y devuélvase
Relatora: Beatriz Sandoval de Capobianco
Regístrese, notifíquese y devuélvase
- AUTO SUPREMO Nº 490 - Social Sucre, 06 de octubre de 2008
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Cuarto del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, deducida por la parte demandada, la Sala Social y Administrativa Tercera
- Que, contra el auto de vista, la Directora del Jardín de Infantes "Caminito", interpone recurso
- En el caso de autos, la propietaria del Jardín de Niños "Caminito", ahora recurrente, incurre
- En efecto, conforme establece la doctrina y jurisprudencia, el recurso de casación en el fondo,
- En el contexto precedentemente expuesto, al ser el recurso ambiguo, insuficiente, injustificable y carente de
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de abogado en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, 06 de octubre de 2008
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
