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    Auto Supremo AS/0492/2008
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0492/2008

    Fecha: 06-Oct-2008

    Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.


    Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
    • AUTO SUPREMO Nº 492 - Social Sucre, 06 de octubre de 2008
    • CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
    • En grado de apelación, deducida por ambas partes, por Auto de Vista de 26 de
    • Que, contra el mencionado auto de vista, el representante de la Empresa demandada interpuso recurso
    • Que, en cumplimiento del artículo 258 del Código Procedimiento Civil, indica que el Auto de
    • Que los jueces de instancia, ciertamente, han apreciado con criterio justo las pruebas compulsadas, arribando
    • Que, así analizados los antecedentes del proceso, se establece que el auto de vista se
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
    • Se regula el honorario profesional de abogado en la suma de Bs
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Dr. Jaime Ampuero García
    • Sucre, 06 de octubre de 2008
    • Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.

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