Lo que implica que el nexo jurídico se estableció para la prestación de servicios en
Lo que implica que el nexo jurídico se estableció para la prestación de servicios en un desempeño propio de la Policía, como es la seguridad, con el pago de una retribución mensual como salario o sueldo, que constituye ciertamente una forma típica de retribución o contraprestación por el trabajo o servicio personal del actor en el ámbito institucional, cuyo financiamiento no determina en modo alguno la naturaleza jurídica y legal de la relación laboral normada por la naturaleza de lo contratado y de la relación jurídica de él con la Unidad de la que era integrante, menos la pretendida Minuta de Comunicación puede estar por encima de la Ley y de la Constitución
- AUTO SUPREMO Nº 496 - Social Sucre, 07 de octubre de 2008
- CONSIDERANDO I: Que, tramitada la causa, el Juez del Trabajo y Seguridad Social de la
- Apelada la sentencia por el representante legal de los demandantes, la Sala Social y Administrativa
- Que, contra el referido auto de vista, Teodocio Eulogio Choque Lucana, apoderado legal de los
- Asimismo alude que los salarios no eran cancelados con fondos del T
- Finalmente refiere, que se solicitó al Juez de la causa conmine al demandado a presentar
- Concluye solicitando, la casación del auto de vista y se disponga el pago de los
- CONSIDERANDO II:Que, analizado el recurso, pese a que éste no cumple los requisitos establecidos en
- Que, resulta evidente que el recurso esta limitado a la referencia de antecedentes procesales por
- Consiguientemente, institucionalmente la entidad demandada está sujeta a los mecanismos de control y fiscalización del
- De donde se concluye que el origen de los recursos para el pago de remuneraciones
- Lo que implica que el nexo jurídico se estableció para la prestación de servicios en
- De donde se concluye no ser evidentes las infracciones acusadas en el recurso, correspondiendo resolver
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, 07 de octubre de 2008
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
