De donde resulta que los de instancia han hecho correcta apreciación y valoración de la
De donde resulta que los de instancia han hecho correcta apreciación y valoración de la prueba y los antecedentes procesales, cursante en obrados, con criterio legal, incensurable en casación si no incurrieron en errores de hecho o de derecho, en el proceso y resolución de la acción, con el reconocimiento de los derechos demandados. No siendo en consecuencia evidente lo afirmado y sostenido en el recurso, en el ámbito de la relación laboral y la normativa que le es relativa
- AUTO SUPREMO Nº 519 - Social Sucre, 17 de octubre de 2008
- Auto de Vista del que el demandado, a través de su apoderado legal ya nombrado
- CONSIDERANDO II: Que, señalando que el Tribunal Ad quem ha incurrido en errores de fondo
- Su fundamento está referido a la errónea e indebida apreciación de la ley, alegando que
- Una de esas causales es la referida al incumplimiento total o parcial del contrato de
- Prosigue refiriendo que, con el memorando No
- A continuación, en una extensa relación tanto de la referida investigación como del análisis minucioso
- CONSIDERANDO III: Que, del análisis del recurso de casación, en el que no se hace
- Por otra parte, el recurso con excepción de la cita de los arts
- De donde resulta que los de instancia han hecho correcta apreciación y valoración de la
- Sin embargo, se salvan los derechos de la demandada, Fondo Financiero Privado PRODEM S
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- roveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
