La Comisión de Reclamación del SENASIR mediante Resolución Nº 1423/06 de 1º de septiembre de
La Comisión de Reclamación del SENASIR mediante Resolución Nº 1423/06 de 1º de septiembre de 2006, confirmó la Resolución recurrida Nº 9618 (fs. 132-133)
- PARTES: Mario Maximiliano Osinaga Robles c/ SENASIR
- MINISTRO RELATOR: Julio Ortiz Linares
- CONSIDERANDO I: Que dentro de la solicitud del trámite de renta única de vejez, impetrada
- Interpuesto el recurso de reclamación por el solicitante mediante memorial presentado el 2 de agosto
- La Comisión de Reclamación del SENASIR mediante Resolución Nº 1423/06 de 1º de septiembre de
- Dicha resolución fue apelada por Mario Maximiliano Osinaga Robles (fs
- Contra el auto de vista referido, David Laura Bobarín, Director General Ejecutivo Interino del Servicio
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- Refirió que el tribunal de alzada, transgredió los siguientes arts
- Concluyó indicando que al no corresponder el pago de la renta única de vejez a
- CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, previa revisión de los antecedentes adjuntos, se determina
- Por otra parte, a fs
- Por último, cursa a fs
- Estos antecedentes, demuestran que no es evidente que se hubiese dado aplicación a los arts
- Este tribunal, interpretando la referida normativa, en concordancia con el art
- El indicado D
- Por ello se considera errado el razonamiento vertido, en sentido de que el sistema supletorio,
- Por los razonamientos vertidos se concluye que no es evidente la infracción de las normas
- Por último, revisando detenidamente el expediente, se advierte la excesiva retardación en la tramitación de
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- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Excma
- Se llama severamente la atención a la mencionada Auxiliar Jurídico Social por arbitraria intervención dentro
- Relator: Ministro Julio Ortiz Linares
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Min. Julio Ortiz Linares
- Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
