Auto Supremo AS/0569/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0569/2008

Fecha: 21-Nov-2008

Por último, no puede constituir causal de nulidad el hecho de que el personal técnico


Por último, no puede constituir causal de nulidad el hecho de que el personal técnico no se haya pronunciado sobre los períodos fiscales, por cuanto tal prerrogativa es privativa de los juzgadores, quienes a su turno se pronunciaron con la pertinencia debida respecto a esos aspectos