Auto Supremo AS/0619/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0619/2008

Fecha: 12-Dic-2008

Consiguientemente, en el marco de lo expuesto precedentemente, corresponde resolver la causa conforme a lo


Consiguientemente, en el marco de lo expuesto precedentemente, corresponde resolver la causa conforme a lo dispuesto en el Art. 273 del Código de Procedimiento Civil en el primer caso y conforme al art. 272 en el segundo; normas que resultan aplicables en la materia por mandato expreso de la norma remisiva contenida en el Art. 297 del Código Tributario