Consiguientemente, en el marco de lo expuesto precedentemente, corresponde resolver la causa conforme a lo
Consiguientemente, en el marco de lo expuesto precedentemente, corresponde resolver la causa conforme a lo dispuesto en el Art. 273 del Código de Procedimiento Civil en el primer caso y conforme al art. 272 en el segundo; normas que resultan aplicables en la materia por mandato expreso de la norma remisiva contenida en el Art. 297 del Código Tributario
- AUTO SUPREMO Nº 619 - Contencioso Tributario Sucre, 12 de diciembre de 2008
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, luego de anulada la Sentencia 34/96 de
- En grado de apelación, la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del
- Dicho fallo motivó los recursos de casación materia de la presente resolución, en los que
- Aplicación indebida de los arts
- b) Recurso de fs
- Violación de los arts
- Alega también que la Resolución Determinativa se encuentra viciada de nulidad debido a que carece
- Concluye solicitando casación de la sentencia, el auto de vista y, deliberando en el fondo,
- CONSIDERANDO II:Que analizado ambos recursos, se tienen las siguientes conclusiones
- 2
- De la normativa glosada no es difícil concluir que para que el recurso de casación
- En el caso presente, el recurrente fue notificado con la sentencia en fecha 26 de
- Consiguientemente, en el marco de lo expuesto precedentemente, corresponde resolver la causa conforme a lo
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, 12 de diciembre de 2008
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
