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Por otra parte, debe tenerse presente que si bien el recurso anuncia en la introducción su interposición en la forma y en el fondo, a lo largo de su examen y contenido se establece la carencia de un planteamiento fundamentado, separadamente, en cada uno de esos efectos; careciendo, como se tiene dicho, de consistencia alguna en la forma, lo que conlleva la aplicación del art. 272-2) del Adjetivo Civil
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- Sucre, 18 de diciembre de 2008
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
