No siendo excusable el error, se impone multa de Bs
No siendo excusable el error, se impone multa de Bs. 100.-, a cada uno de los Vocales suscribientes del auto de vista recurrido, que se hará efectivo por habilitación y con conocimiento del Consejo de la Judicatura
- AUTO SUPREMO Nº 080 - Social Sucre, 27 de febrero de 2008
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez del Trabajo y Seguridad Social de
- Apelada la sentencia, por la parte demandante, la Sala Social y Administrativa de la Corte
- Esta resolución, motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Que en ese marco, se advierte que el Tribunal de alzada al emitir el auto
- En efecto, se concluye que el Tribunal de segunda instancia faltando a lo dispuesto por
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- No siendo excusable el error, se impone multa de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, 27 de febrero de 2008
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
